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Perú: gerenciamiento corporativo aplicado a los gobiernos locales (página 2)



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PARTE I:

PLANTEAMIENTO METODOLÓGICO Y
TEÓRICO DE LA INVESTIGACIÓN

CAPITULO I:

PLANTEAMIENTO
METODOLÓGICO

  1. Según la Constitución Política del Estado,
    las municipalidades distritales son los órganos de
    gobierno
    local, tienen autonomía política,
    económica y administrativa en los asuntos de su
    competencia. Promueven el desarrollo y la economía local y la prestación
    de los servicios
    públicos de su responsabilidad, en armonía con las
    políticas y planes nacionales y
    regionales de desarrollo. Estas grandes responsabilidades
    solo se pueden hacer mediante el gerenciamiento corporativo
    de estos gobiernos, de modo que permita administrar en
    forma eficiente, efectiva y económica los recursos
    que otorga el
    estado y que corresponden a toda la colectividad de la
    jurisdicción.

    De esta forma en este trabajo, se propone un
    plan de
    gerenciamiento corporativo para los gobierno locales, el
    mismo que comprende la identificación de los
    principios, recursos, estándares,
    herramientas, estrategias y proceso
    del gobierno corporativo. De aplicarse este plan en los
    gobiernos locales, los mismos podrían alcanzar
    eficiencia, eficacia, economía, productividad, mejora continua y competitividad en la utilización de
    los recursos y en la prestación de servicios a la colectividad.

  2. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO
    DE INVESTIGACIÓN

    RELIMITACIÓN
    ESPACIAL:

    El trabajo de investigación se realizará
    tomando como base los Gobiernos Locales Distritales de Lima
    Metropolitana, porque a diferencia de los Gobiernos Locales
    Provinciales, en estos los recursos son mas escasos lo que
    no permite disponer de técnicos que realicen aportes
    para un adecuado gerenciamiento corporativo.

    RELIMITACIÓN
    TEMPORAL:

    Es una investigación de actualidad. Sin
    embargo se tomarán como referencia los resultados
    obtenidos los años 2003 a 2004 y su
    proyección al quinquenio 2005-2010.

    RELIMITACIÓN
    SOCIAL:

    Abarcará a los Alcaldes, Regidores,
    trabajadores y los vecinos de las jurisdicciones
    distritales.

    En la Ley
    Orgánica de Municipalidades que trata de estos
    elementos humanos, pero no se indica como insertarlos en un
    equipo que trabaje conjuntamente en el gerenciamiento
    corporativo de su gobierno local.

  3. DELIMITACIONES DE LA
    INVESTIGACIÓN
  4. PROBLEMAS DE LA
    INVESTIGACIÓN

1.3.1. DESCRIPCIÓN DE LA REALIDAD
PROBLEMÁTICA

Según la Ley Orgánica de Municipalidades
(LOM), "los gobiernos locales son entidades básicas de
la
organización territorial del Estado y canales
inmediatos de participación vecinal en los asuntos
públicos, que institucionalizan y gestionan con
autonomía los intereses propios de las correspondientes
colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local,
el territorio, la población y la organización.

Las municipalidades provinciales y distritales son los
órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con
personería jurídica de derecho
público y plena capacidad para el cumplimiento de sus
fines.

Los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia.

La autonomía que la Constitución
Política del Perú establece para las
municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico"

Según los vecinos y mi propia experiencia
profesional, me ha llevado a determinar que los gobiernos locales
no son los canales inmediatos de participación que la Ley
establece y que los vecinos reclaman y esto se puede comprobar
por las constantes denuncias y quejas de los vecinos contra las
autoridades municipales.

Los gobiernos locales tienen problemas en
sus elementos esenciales: territorio, población y
organización. Específicamente tienen problemas de
demarcación de sus territorios lo que ocasiona que los
vecinos de las áreas en disputa no contribuyan a ninguno
de los municipios; los servicios que prestan a sus poblaciones
son insuficientes y de mala calidad, lo que
ocasiona constantes reclamos y la renuencia al pago de tributos por
parte de la población. En cuanto a su organización,
existe falta de documentos
normativos, otras veces existe los documentos pero no se aplican
por las autoridades y los ejecutivos; tienen problemas de
autoridad,
responsabilidad y coordinación lo que hace que un trabajador
no coordine su trabajo, rehuya la responsabilidad y no sepa si
responde a uno u otro jefe; asimismo su estructura
organizacional ha sido establecida sin criterios
técnicos y sin tener en cuenta los nuevos paradigmas del
gerenciamiento corporativo.

La LOM, establece que "los gobiernos locales representan
al vecindario, promueven la adecuada prestación de los
servicios públicos locales y el desarrollo integral,
sostenible y armónico de su circunscripción". Al
respecto se ha determinado mediante encuestas que
los vecinos no se sienten representados por las autoridades de
los gobiernos locales por la falta de responsabilidad en el
cumplimiento de las promesas electorales; los vecinos indican que
no existe una política promocional ni adecuada en la
prestación de servicios públicos locales; asimismo
los vecinos desconocen que los gobiernos locales estén
trabajando por el desarrollo integral, sostenible y
armónico de sus circunscripciones, por el contrario
denuncian que cada grupo de
autoridades que ingresa a los municipios no realiza las obras
pendientes de gestiones anteriores, realizan algunas obras sin
armonizar criterios con otras entidades ni con los vecinos, lo
que origina sobrecostos por tener que rehacer o en el peor de los
casos tener que destruir las obras realizadas.

La LOM, establece que "el proceso de planeación
local es integral, permanente y participativo, articulando a las
municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen
las políticas públicas de nivel local, teniendo en
cuenta las competencias y
funciones
específicas exclusivas y compartidas establecidas para las
municipalidades provinciales y distritales". Se ha determinado
que muchos gobiernos locales no realizan planeación
alguna, en otros casos, los planes y programas
municipales no son integrales y
no tienen la participación de sus vecinos.

La LOM, cuando se refiere a la gestión
municipal, dice que "los servicios públicos locales pueden
ser de gestión directa y de gestión indirecta,
siempre que sea permitido por ley y que se asegure el interés de
los vecinos, la eficiencia y eficacia del servicio y el
adecuado control
municipal. En toda medida destinada a la prestación de
servicios deberá asegurarse el equilibrio
presupuestario de la municipalidad". En este contexto, se ha
determinado que los servicios son escasos y de mala calidad por
tanto no aseguran el interés de los vecinos que necesitan
mejores servicios de limpieza, mejor alumbrado público,
mejor tratamiento de sus parques y jardines, mejor seguridad vecinal
y otros servicios municipales; por otro lado la
facilitación de servicios se realiza sin una adecuada
racionalización de recursos, lo cual ocasiona mayores
costos que
beneficios y al tener una vecindad insatisfecha no se alcanza la
eficacia del servicio. Como consecuencia de esto se origina un
desequilibrio en los presupuestos
de los gobiernos locales, lo que origina el arrastre de
resultados negativos, lo que afecta la imagen
institucional de estas entidades públicas.

La LOM., cuando se refiere al desarrollo
económico local dice: "Los gobiernos locales promueven
el desarrollo económico de su circunscripción
territorial y la actividad empresarial local, con criterio de
justicia
social". Se ha determinado que esto tampoco se cumple. Por el
contrario los empresarios se quejan del alto costo de las
licencias municipales de funcionamiento, de los avisos
publicitarios, de los tributos: impuesto predial,
patrimonio
automotriz, embarcaciones de recreo, rodaje, tasas municipales
(limpieza pública, serenazgo, parques y jardines y otros),
todo lo cual antes de ser facilitador del desarrollo
económico de su circunscripción territorial y la
actividad empresarial local, es atentatorio contra ello. Al
respecto hay acciones de
amparo, denuncias
en la prensa, protestas
en locales municipales y otras acciones que realizan los
empresarios. Por otro lado está la queja de los vecinos,
cuando los municipios sin tener en cuenta sus propias normas realizan
autorizaciones de grifos, plantas
industriales, hoteles,
discotecas u otros establecimientos junto a locales escolares,
iglesias, conjuntos
residenciales; lo que ocasiona la protesta airada de la
vecindad.

La LOM, establece que "las municipalidades se rigen por
presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales
se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en
concordancia con los planes de desarrollo concertados de su
jurisdicción. El presupuesto
participativo forma parte del sistema de
planificación. Las municipalidades,
conforme a las atribuciones que les confiere el artículo
197° de la Constitución, regulan la
participación vecinal en la formulación de los
presupuestos participativos. El presupuesto municipal debe
sustentarse en el equilibrio real de sus ingresos y
egresos y estar aprobado por el concejo municipal dentro del
plazo que establece la normatividad sobre la materia. Para
efectos de su administración presupuestaria y financiera,
las municipalidades provinciales y distritales constituyen
pliegos presupuestarios cuyo titular es el alcalde respectivo".
Esta norma al ser relativamente nueva, no es aplicada en la gran
mayoría de gobiernos locales, lo que origina que no haya
participación de la población en la
formulación de los presupuestos participativos y por otro
lado se aprueban presupuestos en evidente desequilibrio, otras
veces se mangonea a la población para obtener su
apoyo.

Toda esta problemática descrita no es otra cosa
que, el resultado de una falta de gerenciamiento corporativo, que
no viene aplicándose en los gobiernos locales que
debería incorporar en un solo equipo a las autoridades
municipales elegidas, los trabajadores municipales y los vecinos
de sus jurisdicciones para gestionar los recursos que utilizan
las municipalidades y que redundan en la comunidad a
través de servicios.

1.3.2. PROBLEMA PRINCIPAL

¿ Cómo organizar el gerenciamiento
corporativo de modo que se convierta en facilitador de la
Optimización de los gobiernos locales distritales y
contribuya en total beneficio de su jurisdicción
?

  1. PROBLEMAS SECUNDARIOS
  1. ¿ De qué manera el proceso del
    gerenciamiento corporativo de un gobierno local distrital,
    puede optimizarse con las normas municipales ?
  2. ¿ Qué hacer para que los recursos
    humanos, materiales y
    financieros de los gobiernos locales distritales, sean
    facilitadores de la eficiencia, eficacia y economía de
    la gestión municipal ?
  3. ¿ El establecimiento de estándares
    gerenciales puede ayudar a la obtención de resultados en
    el gerenciamiento corporativo de los gobiernos locales
    distritales ?
  1. Para que los recursos utilizados por los gobiernos
    locales, alcancen las metas, objetivos, misión y visión institucional,
    es necesario que los mismos estén gestionados
    corporativamente por el Alcalde, Regidores, trabajadores
    municipales y vecinos de su jurisdicción.

    El gobierno corporativo, incluye la
    planeación, organización, ejecución,
    coordinación y control de las actividades
    establecidas por la Ley Orgánica de Municipalidades
    para los gobiernos locales, mediante la utilización
    de los recursos humanos, materiales y financieros para el
    logro de los objetivos.

    En la gestión institucional moderna, es
    vital el gerenciamiento corporativo de los planes,
    cumplimiento de leyes y
    otros aspectos relacionados con la gestión de las
    actividades de los gobiernos locales; lo que se puede
    realizar eficazmente con la participación activa y
    dinámica de autoridades, trabajadores
    y vecinos.

    La aplicación del gerenciamiento
    corporativo, permitirá asegurar que las
    políticas y procedimientos vigentes se adecuen a las
    necesidades de los vecinos. Asimismo asegura un seguimiento
    adecuado para constatar si las políticas y
    actividades de control son obedecidas por las autoridades,
    trabajadores y vecinos.

    El gerenciamiento corporativo, permitirá
    hacer frente a la rápida evolución del entorno
    económico, social y competitivo, así como a
    las exigencias y prioridades cambiantes de la comunidad y
    adaptar su estructura, procesos
    y procedimientos para asegurar la continuidad y
    desarrollo

    El gerenciamiento corporativo, fomenta la
    eficiencia y ayuda a garantizar la optimización de
    los sistemas, sub-sistemas, recursos, la
    fiabilidad de la información financiera y el
    cumplimiento de las normas vigentes.

    Debido a que el gerenciamiento corporativo es
    mucha utilidad
    para la consecución de los objetivos
    institucionales, cada vez es mayor la necesidad de
    aplicarlo, lo que hace que se justifique ventajosamente su
    aplicación en los gobiernos locales
    distritales.

    El gerenciamiento corporativo, debe ser
    considerada como una solución a los problemas
    potenciales en la gestión de todos los sistemas
    administrativos de las municipalidades
    distritales.

    La importancia que tiene este trabajo es que
    podría ser utilizado por los gobiernos locales
    distritales para llevar a cabo su gestión municipal
    en el marco de las estrategias y orientado a mejorar la
    calidad de su gestión institucional en total
    beneficio para las comunidades locales. Con este documento
    pueden ayudarse en la previsión oportuna y
    utilización adecuada de los recursos disponibles con
    el objeto de optimizar las deficiencias existentes en las
    administraciones municipales vigentes.

  2. JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DE LA
    INVESTIGACIÓN
  3. OBJETIVOS DE LA
    INVESTIGACIÓN

OBJETIVO GENERAL:

Determinar un plan de gerenciamiento corporativo,
que considere a las autoridades, trabajadores y la comunidad
vecinal; las estrategias; recursos materiales y financieros y
los objetivos que deben alcanzarse en provech9o de sus
jurisdicciones municipales distritales

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

  1. Establecer los criterios técnicos para
    aplicar las normas municipales, de modo que contribuyan
    adecuadamente a la Optimización de los gobiernos
    locales de los distritos de lima metropolitana
  2. Establecer la participación integral de
    autoridades, trabajadores y vecinos de las municipalidades
    distritales en el logro de las metas y objetivos
    institucionales
  3. Establecer los estándares para el
    gerenciamiento corporativo de los gobiernos locales
    distritales, para medir la eficiencia, eficacia y
    economía de los servicios que prestan en provecho de
    la comunidad.
  1. HIPÓTESIS DE
    LA INVESTIGACIÓN

HIPÓTESIS GENERAL:

El gerenciamiento corporativo, debe organizarse
entrelazando los recursos humanos, ideas estratégicas,
recursos materiales y los objetivos institucionales; de tal
modo que se obtenga eficiencia, eficacia y economía en
la gestión integral de los gobiernos locales
distritales.

HIPÓTESIS SECUNDARIAS:

  1. Los gobiernos locales distritales pueden optimizar su
    gerenciamiento corporativo si aplican las normas municipales
    con criterio técnico y buscando efectividad en la
    comunidad.
  2. La participación de las autoridades,
    trabajadores y vecinos de una comunidad son los verdaderos
    facilitadores de la eficiencia, eficacia y economía de
    los recursos municipales
  3. Los estándares permiten medir la eficiencia,
    eficacia y economía de los gobiernos locales; lo que se
    refleja en los resultados financieros, económicos y
    sociales.

VARIABLES E INDICADORES DE
LA INVESTIGACIÓN:

1. VARIABLE INDEPENDIENTE:

X. GERENCIAMIENTO CORPORATIVO

  • INDICADORES:

X.1..Proceso del gerenciamiento corporativo

X.2. Recursos para ejecutar el gerenciamiento
corporativo

X.3. Estándares para medir la gestión
del gerenciamiento corporativo.

2. VARIABLE DEPENDIENTE:

Y. OPTIMIZACION DE LOS GOBIERNOS
LOCALES

  • INDICADORES:

Y.1. Normas de los gobiernos locales
distritales

Y.2. eficiencia, eficacia y economía de los
gobiernos locales distritales

Y.3. Resultados financieros, económicos y
sociales de los gobiernos locales

distritales

  1. METODOLOGÍA DE LA
    INVESTIGACIÓN

1. 7. 1. TIPO DE INVESTIGACIÓN

Este trabajo, es una investigación científica del tipo
básica o pura, por cuanto presenta la teorización
integral a través de la doctrina administrativa y/o
gerencial: principios, normas, conceptos, procesos y
procedimientos, técnicas,
prácticas.

En este trabajo se dispone de información
administrativa, financiera, económica, patrimonial,
presupuestaria, los Informes de
Auditoria interna y externa y las memorias de
los Alcaldes Distritales. Asimismo se contará con las
Leyes: orgánicas y específicas; Estatutos,
Reglamentos internos, manuales,
directivas y otros documentos relacionados con la programación, ejecución y control de
las actividades municipales. Se estima que todo este banco de datos
representará el sustento empírico y numérico
para llegar a conclusiones.

1.7.2. NIVEL DE INVESTIGACIÓN

Es una investigación del nivel descriptivo –
explicativo, por cuanto presenta la realidad actual de la
gestión municipal distrital y se explica la forma como
obtener la eficiencia, eficacia y economía en la
utilización de los recursos, los mismos que
redundarán de una u otra forma en los servicios que
prestan los gobiernos locales a sus comunidades.

1.7.3. MÉTODOS DE
INVESTIGACIÓN

DESCRIPTIVO:

El que ha permitido detallar, especificar,
particularizar los hechos que se han suscitado en la
gestión municipal, de modo que permitan inferir o sacar
conclusiones válidas para ser utilizadas en el trabajo de
investigación

ANALÍTICO:

Este método
permitirá examinar la gestión municipal en la
operatividad de los servicios que reciben las jurisdicciones
locales, para poder inferir
o formular conclusiones sobre su incidencia en la eficiencia,
eficacia y economía de la gestión
municipal

En el proceso de desarrollo de este trabajo de
investigación, además de estos métodos se
aplicarán otros pero en menor incidencia, de modo que su
adecuada complementación permitirá obtener los
resultados que persigue este Trabajo. En todo caso, la
utilización de métodos o cualquier procedimiento o
técnica de trabajo no es limitativa en el trabajo de
investigación, si no meramente enunciativa.

1.7.4 DISEÑO DE LA
INVESTIGACIÓN

El diseño
que se ha aplicado en la investigación es el de objetivos.
De esta forma el Objetivo
general se forma a partir de los objetivos específicos,
con los cuales se contrastan. A su vez los Objetivos
específicos, constituyen la base para formular las
Conclusiones Parciales de la Investigación. Las
Conclusiones Parciales, se correlacionan adecuadamente para
formular la Conclusión Final de la Investigación,
la misma que debe ser congruente con la Hipótesis General, la misma que constituye
la respuesta a la problemática planteada en el trabajo de
investigación.

1.7.5. POBLACIÓN

La población de este trabajo de
investigación estará constituida por los Gobiernos
Locales Distritales de Lima Metropolitana.

1.7.6. MUESTRA

La muestra de este
trabajo de investigación estará constituida
por:

  • La Municipalidad Distrital de Comas.
  • La Municipalidad Distrital de Independencia.
  • La Municipalidad Distrital de Los
    Olivos.

Las razones que me han llevado a direccionar la muestra,
es debido al carácter técnico del trabajo, a la
facilidad en la obtención de la data que necesita la
investigación y que por lo general otras municipalidades
son renuentes a facilitarla. Otra razón es el crecimiento
poblacional de estos distritos y que por tanto requieren mayor
dotación de servicios para sus vecinos. La
ubicación geográfica también a incidido y
otros factores que se desarrollarán ampliamente en el
marco
teórico de la investigación

1.7.7. TÉCNICAS DE RECOPILACIÓN DE
DATOS

  • Revisión documental.- Se
    utilizarán para obtener datos de las normas, libros,
    tesis, manuales, reglamentos, directivas, memorias,
    presupuestos, estados
    financieros y presupuestarios relacionados gestión
    institucional de las municipalidades distritales.
  • Entrevistas.- Esta técnica se
    aplicará para obtener datos de parte de los alcaldes y
    regidores de las municipalidades distritales para determinar
    como se desarrollan la gestión de sus recursos
    municipales.
  • Encuestas.- Para aplicar cuestionarios de
    preguntas, con el fin de obtener datos para el trabajo de
    investigación de parte de los trabajadores y vecinos de
    las municipalidades distritales.

1. 7. 8. INSTRUMENTOS DE RECOPILACIÓN DE
DATOS

  • Ficha bibliográfica– Instrumento para
    recopilar datos de las normas legales, administrativas,
    contables, de auditoria, de libros, revistas,
    periódicos, trabajos de investigación e Internet
    relacionados con el trabajo de
    investigación..
  • Guía de Entrevista.- Instrumento que
    será utilizado para llevar a cabo las entrevistas
    con los alcaldes y regidores de los gobiernos locales
    distritales.
  • Ficha de encuesta.- Este instrumento
    será aplicado para obtener datos de los trabajadores y
    vecinos de las municipalidades distritales, para luego
    convertirla en información del trabajo de
    investigación

1.7.9. TÉCNICAS DE
ANÁLISIS

Se aplicarán las siguientes
técnicas:

  1. Análisis documental
  2. Tabulación de cuadros con cantidades y
    porcentajes
  3. Comprensión de gráficos
  4. Conciliación de datos
  5. Indagación
  6. Rastreo
  1. TECNICAS DE PROCESAMIENTO
    DE DATOS.
  1. Ordenamiento y clasificación
  2. Registro manual
  3. Proceso computarizado con Excel
  4. Proceso computarizado con SPSS

CAPITULO II:

PLANTEAMIENTO TEÓRICO DE LA
INVESTIGACIÓN

  1. Se ha podido determinar que existen trabajos de
    investigación referidos a la
    administración, planeamiento, organización,
    ejecución presupuestal, sistema de control
    interno de entidades privadas como públicas;
    pero ninguno referido directamente al gerenciamiento
    corporativo de los gobiernos locales.

    Los trabajos que existen aportan algunos puntos
    importantes a nuestra investigación.

    La Tesis de León y Zevallos (2001),
    tiene como objetivo hallar soluciones a los problemas de la
    gestión municipal debido a las irregularidades
    administrativas y de control. Este trabajo se relaciona con
    el presente trabajo.

    Avendaño (2002), a través de
    su Tesis, realiza una descripción del proceso de
    Ejecución presupuestal. Se puede establecer un nexo
    con la presente investigación en la medida que ambos
    trabajos precisan los recursos humanos, materiales y
    financieros que necesita la entidad para ejecutar sus
    actividades y cumplir sus objetivos.

    Otro trabajo de investigación, es el de
    Tello (2003), en este caso la vinculación que
    tiene ese trabajo con la presente investigación, se
    refiere a la formulación, programación y
    ejecución presupuestal , enfocada desde una
    perspectiva critica y descriptiva , el autor hace una
    referencia al proceso de consolidación y
    ejecución del presupuesto central en todos los
    ámbitos. El trabajo de Tello está enmarcado
    en los principios del presupuesto: La unidad, la
    universalidad, anualidad y la especialidad.

    Otro trabajo investigado es el de Garay
    quien al referirse a la Ejecución del presupuesto
    dice que " Implica el manejo de los planes y actividades
    aprobadas para un determinado periodo, a un costo que se
    mantenga dentro de los limites de los recursos disponibles
    estimados". A continuación dice "Hay dos aspectos
    que concierne a la ejecución presupuestal , uno de
    ellos es el control, que son las medidas que se toma para
    cumplir con lo fijado en el plan financiero aprobado, y el
    otro la flexibilidad , en la que se relaciona la
    recepción de los fondos con el ajuste de los planes
    a las nuevas necesidades"

    Terry , en su obra, hace referencia al
    proceso de gerenciamiento empresarial: planeación,
    organización, ejecución, coordinación
    y control; lo cual evidentemente está relacionado
    con nuestro trabajo de investigación.

    Krause, cuando adapta el texto
    clásico de Sun Tzu al mundo de hoy, se refiere a las
    tácticas y estrategias que debe adoptar el
    gerenciamiento corporativo para cumplir con sus objetivos,
    lo cual será de mucha utilidad para la
    investigación.

    JOHNSON & SCHOLES, establecen una serie
    de conceptos sobre el gerenciamiento corporativo, como: la
    definición de estrategias, el análisis estratégico, la
    elección de estrategias gerenciales,
    implementación de las estrategias.

    ANDRADE, dice que en un mundo
    contemporáneo, los gerentes de las empresas
    públicas y privadas deben actuar bajo el supuesto de
    que la economía es muy dinámica y el cambio
    es la regla afín de las empresas y las personas. A
    continuación indica que el planeamiento es una
    técnica de gestión gerencial que permite
    dominar y afrontar los cambios previstos. Toda entidad
    requiere de técnicas científicas y
    métodos modernos, siendo el planeamiento gerencial
    un método para la búsqueda de mejoras y
    solución a los problemas existentes en un
    período dado.

    Elorrega Montenegro G., cuando se refiere
    al sistema de control interno dice que es el encargado de
    examinar las operaciones
    de las entidades en consideración de los siguientes
    aspectos. i) que los planes y la política general
    del organismo, así como los procedimientos aprobados
    para su ejecución, se cumplan de manera
    satisfactoria; ii) que los resultados de los planes y de la
    política general respondan en su ejecución a
    los objetivos perseguidos; iii) que la estructura
    orgánica de la entidad, la división de las
    funciones y los métodos de trabajo sean adecuados y
    eficaces; iv) que la adopción o revisión de
    algún plan, política, procedimiento o
    método, o algún cambio en la estructura
    básica o en la división de funciones, pudiera
    contribuir a mejorar el funcionamiento general de la
    institución; v) que los bienes
    patrimoniales se hallen debidamente protegidos y
    contabilizados; vi) que las transacciones diarias se
    registren en su totalidad en forma correcta y
    oportunamente; vii) que la entidad se encuentre
    razonablemente protegida contra fraudes, despilfarros y
    pérdidas; viii) que los medios
    internos de comunicación transmitan
    información fidedigna, adecuada y oportuna a los
    niveles de decisión y de ejecución
    responsables de la buena marcha de la entidad; y, ix) Que
    las tares individuales se cumplan con eficiencia, eficacia,
    prontitud y honestidad.

  2. ANTECEDENTES BIBLIOGRÁFICOS

    Uno de los sectores de la Administración Pública que ha
    demorado ponerse acorde con la modernidad y en carrera de la calidad
    total en prestación de servicios, es
    indudablemente la Municipalidad, refiriéndonos a las
    municipalidades en general. Los servicios en general que se
    brindan en estas instituciones dejan mucho que desear.
    Podría decirse que son muestra de la ineficiencia
    alcanzada con experiencia. Sin embargo, es necesario
    realizar un análisis mucho más serio del por
    qué la situación actual de las
    Municipalidades y sobretodo de la situación de la
    Administración Tributaria Municipal y su necesaria
    modernización.

    Haciendo un poco de historia
    podemos decir que, entre 1892 y 1919, en la llamada
    República Aristocrática, se reorganizó
    tímidamente la institución municipal. En
    1892, se promulgó una Ley Orgánica, que
    increíblemente, se mantuvo vigente hasta
    1984.

    En 1920, en el Oncenio de Leguía, se
    suspendió la electividad de los cargos municipales.
    Se decidió que el Ministerio de Gobierno,
    actualmente Interior, nombre a alcaldes y regidores. En
    consecuencia tuvieron que pasar cuarenta y tres años
    para que, en el primer gobierno de Fernando Belaunde Terry,
    se volviera a elegir democráticamente a las
    autoridades locales. Posteriormente, durante el gobierno
    militar se retomó a la "dedocracia", para designar a
    los alcaldes.

    Al recuperarse la democracia, en 1980, se reinició la
    elección de alcaldes y regidores, y al igual que en
    1963 fue en el segundo gobierno del presidente
    Belaunde.

    A pesar de este escenario sombrío, los
    municipios son la vanguardia del proceso de
    democratización que requiere el país. Cabe
    manifestar entonces que el desarrollo municipal en general
    ha sido y es muy incipiente en el Perú, lo cual
    indudablemente involucra a todos sus sistemas. Y es
    necesario mencionar que desde que se restablecieron las
    elecciones democráticas para la elección de
    alcaldes y regidores, el municipio se convirtió en
    la fuente para poder pagar los favores políticos,
    derivando ello en la asimilación de personal
    que no era el más adecuado para desempeñar
    funciones propias de dichas instituciones.

    La nueva Ley Orgánica de Municipalidades
    – Ley No. 27972, fue publicada en el Diario Oficial
    el Peruano el 27 de Mayo de 2003. Como antecedente diremos
    que la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley
    no. 23853, derogada, entró en vigencia en el mes de
    Junio del año 1984 e interpretaba la realidad
    económica, política, social y cultural de esa
    época y dentro del marco de la Constitución
    Política de 1979.

    En 1993 entra en vigencia la nueva
    Constitución y trajo novedades en materia municipal.
    De hecho modificó la Ley Orgánica de
    Municipalidades en vigencia. Por ejemplo en la
    Constitución de 1979 sólo se reconocía
    a las Municipalidades la autonomía política y
    económica, mientras que la Constitución de
    1993 le agrega la autonomía administrativa, otorga a
    las Ordenanzas rango de Ley, también les otorga
    iniciativa legislativa en materia de su competencia, y la
    irrenunciabilidad y revocabilidad de los cargos de Alcaldes
    y Regidores, entre otras situaciones que ésta nueva
    Ley Orgánica de Municipalidades recoge.

    La realidad política, económica,
    social, cultura
    y jurídica en que vivimos hoy es distinta a la que
    sirvió de base para la derogada Ley No. 23853, es
    más vivimos hoy en un mundo globalizado al que
    nuestro país no escapa.

    En general esta nueva Ley Orgánica de
    Municipalidades agrega a la anterior nuevos conceptos que
    buscan hacer posible la interrelación de una
    democracia representativa con el carácter
    participativo. Se habla de presupuestos participativos,
    rendición de cuentas,
    vigilancia ciudadana, transparencia en la
    información, aspecto esencial para el ansiado
    desarrollo, de concertación del medio
    ambiente, desarrollo
    sostenible, desarrollo de capacidades, del proceso de
    descentralización y dentro de ella
    transferencias de competencias, de la organización y
    participación ciudadana en la
    gestión de la administración municipal y en
    base a ello, de alguna manera, superar los males de la
    administración Municipal que son similares a los de
    la administración Pública.

  3. RESEÑA HISTÓRICA DE LA
    INVESTIGACIÓN
  4. BASE LEGAL DE LA
    INVESTIGACIÓN

Los gobiernos locales distritales se rigen en base a las
siguientes normas:

  • Constitución Política del
    Estado
  • Ley Orgánica de Municipalidades
  • Ley de Regionalización.
  • Ley de gestión Presupuestaria del
    Estado
  • Ley del Presupuesto Anual del Sector
    Público
  • Ley de Creación del Distrito.
  • Ley de Tributación Municipal- Texto
    Único Ordenado de la Ley de Tributación
    Municipal.
  • Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana
  • Ley y reglamento de Procedimientos de
    ejecución Coactiva.
  • Directiva para la aprobación,
    ejecución y control del proceso presupuestado de los
    gobiernos locales.
  • Plan Operativo de Municipalidad
    Distrital.
  • Directivas y otros documentos internos.
    1. Según Valdivia (2006), la Ley
      Orgánica de Municipalidades No. 27972, establece
      que basados en los Planes de Desarrollo Municipal
      Distritales Concertados y sus Presupuestos
      Participativos, el Consejo de Coordinación Local
      Provincial procede a coordinar, concertar y proponer el
      Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y su
      Presupuesto Participativo, el cual luego de aprobado es
      elevado al Consejo de coordinación regional para
      su integración a todos los planes de
      desarrollo municipal provincial concertados de la
      región y la formulación del Plan de
      Desarrollo Regional Concertado.

      Estos planes deben responder fundamentalmente
      a los principios de participación,
      transparencia, gestión moderna y
      rendición de cuentas, inclusiónk,
      eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y
      neutralidad, subsidiariedad, consistencia de las
      políticas locales, especialización de las
      funciones, competitividad e
      integración.

      Los planes de desarrollo municipal concertados
      y sus presupuestos participativos tiene un
      carácter orientador de la inversión, asignación y
      ejecución de los recursos municipales. Son
      aprobados por los respectivos concejos
      municipales.

      Las municipalidades promueven, apoyan y
      reglamentan la participación vecinal en el
      desarrollo local, conforme al artículo 197°
      de la Constitución.

      Adecuando los conceptos de Toso (2005), un
      plan, es un instrumento de planificación, parte
      del proceso
      administrativo, muy útil que comprende la
      estructura de operaciones a realizar, ordenadas de
      manera coherente, coordinada e implementada con los
      recursos disponibles en este caso de la localidad. Este
      plan de desarrollo concertado debiera concluir en un
      plan de acción, que es en definitiva una
      declaración precisa y clara de la finalidad que
      se persigue, así el plan debe constituirse en
      una guía opara determinar y orientar la
      inversión o la asignación y
      ejecución de los recursos ediles hacia los
      propósitos concertados con la comunidad para
      bien de la localidad.

    2. PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL DISTRITAL
      CONCERTADO
    3. ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL Y
      FUNCIONAL
  1. GOBIERNOS LOCALES

Son órganos de gobierno local las municipalidades
provinciales y distritales. La estructura orgánica de las
municipalidades está compuesta por el concejo municipal y
la alcaldía.

2.4.2. 1. CONCEJO MUNICIPAL

El concejo municipal, provincial y distrital,
está conformado por el alcalde y el número de
regidores que establezca el Jurado Nacional de Elecciones,
conforme a la Ley de Elecciones Municipales. Los concejos
municipales de los centros poblados están integrados por
un alcalde y 5 (cinco) regidores. El concejo municipal ejerce
funciones normativas y fiscalizadoras.

Corresponde al concejo municipal:

  1. Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal
    Concertados y el Presupuesto Participativo.
  2. Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo
    institucional y el programa de
    inversiones,
    teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal
    Concertados y sus Presupuestos Participativos.
  3. Aprobar el régimen de organización
    interior y funcionamiento del gobierno local.
  4. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de
    nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de
    expansión urbana; las áreas de protección
    o de seguridad por riesgos
    naturales; las áreas agrícolas y las áreas
    de conservación ambiental declaradas conforme a
    ley.
  5. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de
    Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de
    áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos
    Humanos y demás planes específicos sobre la base
    del Plan de Acondicionamiento Territorial.
  6. Aprobar el Plan de Desarrollo de
    Capacidades.
  7. Aprobar el sistema de gestión
    ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el
    sistema de gestión ambiental nacional y
    regional.
  8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar
    sin efecto los acuerdos.
  9. Crear, modificar, suprimir o exonerar de
    contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a
    ley.
  10. Declarar la vacancia o suspensión de los
    cargos de alcalde y regidor.
  11. Autorizar los viajes al
    exterior del país que, en comisión de servicios o
    representación de la municipalidad, realicen el alcalde,
    los regidores, el gerente
    municipal y cualquier otro funcionario.
  12. Aprobar por ordenanza el reglamento del concejo
    municipal.
  13. Aprobar los proyectos de
    ley que en materia de su competencia sean propuestos al
    Congreso de la República.
  14. Aprobar normas que garanticen una efectiva
    participación vecinal.
  15. Constituir comisiones ordinarias y especiales,
    conforme a su reglamento.
  16. Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones
    dentro de los plazos señalados por ley, bajo
    responsabilidad.
  17. Aprobar el balance y la
    memoria.
  18. Aprobar la entrega de construcciones de
    infraestructura y servicios públicos municipales al
    sector privado a través de concesiones o cualquier otra
    forma de participación de la inversión privada
    permitida por ley, conforme a los artículos 32 y 35 de
    la presente ley.
  19. Aprobar la creación de centros poblados y de
    agencias municipales.
  20. Aceptar donaciones, legados,
    subsidios o cualquier otra liberalidad.
  21. Solicitar la realización de exámenes
    especiales, auditorías económicas y otros
    actos de control.
  22. Autorizar y atender los pedidos de información
    de los regidores para efectos de
    fiscalización.
  23. Autorizar al procurador público municipal,
    para que, en defensa de los intereses y derechos de la
    municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos
    judiciales contra los funcionarios, servidores o
    terceros respecto de los cuales el órgano de control
    interno haya encontrado responsabilidad
    civil o penal; así como en los demás procesos
    judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus
    representantes.
  24. Aprobar endeudamientos internos y externos,
    exclusivamente para obras y servicios públicos, por
    mayoría calificada y conforme a ley.
  25. Aprobar la donación o la cesión en uso
    de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de
    entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la
    venta de sus
    bienes en subasta pública.
  26. Aprobar la celebración de convenios de
    cooperación nacional e internacional y convenios
    interinstitucionales.
  27. Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o
    los regidores, no pudiendo concederse licencias
    simultáneamente a un número mayor del 40%
    (cuarenta por ciento) de los regidores.
  28. Aprobar la remuneración del alcalde y las
    dietas de los regidores.
  29. Aprobar el régimen de administración de
    sus bienes y rentas, así como el régimen de
    administración de los servicios públicos
    locales.
  30. Disponer el cese del gerente municipal cuando exista
    acto doloso o falta grave.
  31. Plantear los conflictos
    de competencia.
  32. Aprobar el cuadro de asignación de personal y
    las bases de las pruebas para
    la selección de
    personal y para los concursos de provisión de
    puestos de trabajo.
  33. Fiscalizar la gestión de los funcionarios de
    la municipalidad.
  34. Aprobar los espacios de concertación y
    participación vecinal, a propuesta del alcalde,
    así como reglamentar su funcionamiento.
  35. Las demás atribuciones que le correspondan
    conforme a ley.

2.4.2.2. LA ALCALDÍA Y LOS
REGIDORES

La alcaldía es el órgano ejecutivo del
gobierno local. El alcalde es el representante legal de la
municipalidad y su máxima autoridad
administrativa.

ATRIBUCIONES DEL ALCALDE

Son atribuciones del alcalde:

  1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la
    municipalidad y los vecinos;
  2. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones
    del concejo municipal;
  3. Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo
    responsabilidad;
  4. Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas
    y acuerdos;
  5. Promulgar las ordenanzas y disponer su
    publicación;
  6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía,
    con sujeción a las leyes y ordenanzas;
  7. Dirigir la formulación y someter a
    aprobación del concejo el plan integral de desarrollo
    sostenible local y el programa de inversiones concertado con la
    sociedad
    civil;
  8. Dirigir la ejecución de los planes de
    desarrollo municipal;
  9. Someter a aprobación del concejo municipal,
    bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades
    establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la
    República, el Presupuesto Municipal Participativo,
    debidamente equilibrado y financiado;
  10. Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el
    concejo municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la
    presente ley;
  11. Someter a aprobación del concejo municipal,
    dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal
    siguiente y bajo responsabilidad, el balance
    general y la memoria del
    ejercicio económico fenecido;
  12. Proponer al concejo municipal la creación,
    modificación, supresión o exoneración de
    contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con
    acuerdo del concejo municipal, solicitar al Poder
    Legislativo la creación de los impuestos que
    considere necesarios;
  13. Someter al concejo municipal la aprobación del
    sistema de gestión ambiental local y de sus
    instrumentos, dentro del marco del sistema de gestión
    ambiental nacional y regional;
  14. Proponer al concejo municipal los proyectos de
    reglamento interno del concejo municipal, los de personal, los
    administrativos y todos los que sean necesarios para el
    gobierno y la administración municipal;
  15. Informar al concejo municipal mensualmente respecto
    al control de la recaudación de los ingresos municipales
    y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el
    presupuesto aprobado;
  16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de
    acuerdo con las normas del Código
    Civil;
  17. Designar y cesar al gerente municipal y, a propuesta
    de éste, a los demás funcionarios de
    confianza;
  18. Autorizar las licencias solicitadas por los
    funcionarios y demás servidores de la
    municipalidad;
  19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales
    con el auxilio del serenazgo y la Policía
    Nacional;
  20. Delegar sus atribuciones políticas en un
    regidor hábil y las administrativas en el gerente
    municipal;
  21. Proponer al concejo municipal la realización
    de auditorías, exámenes especiales y otros actos
    de control;
  22. Implementar, bajo responsabilidad, las
    recomendaciones contenidas en los informes de auditoría
    interna;
  23. Celebrar los actos, contratos y
    convenios necesarios para el ejercicio de sus
    funciones;
  24. Proponer la creación de empresas municipales
    bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la
    participación accionaria, y recomendar la
    concesión de obras de infraestructura y servicios
    públicos municipales;
  25. Supervisar la recaudación municipal, el buen
    funcionamiento y los resultados económicos y financieros
    de las empresas municipales y de las obras y servicios
    públicos municipales ofrecidos directamente o bajo
    delegación al sector privado;
  26. Presidir las Comisiones Provinciales de
    Formalización de la Propiedad
    Informal o designar a su representante, en aquellos lugares en
    que se implementen;
  27. Otorgar los títulos de propiedad emitidos en
    el ámbito de su jurisdicción y
    competencia;
  28. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los
    servidores municipales de carrera;
  29. Proponer al concejo municipal las operaciones de
    crédito interno y externo, conforme a
    Ley;
  30. Presidir el comité de defensa
    civil de su jurisdicción;
  31. Suscribir convenios con otras municipalidades para la
    ejecución de obras y prestación de servicios
    comunes;
  32. Atender y resolver los pedidos que formulen las
    organizaciones
    vecinales o, de ser el caso, tramitarlos ante el concejo
    municipal;
  33. Resolver en última instancia administrativa
    los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único
    de Procedimientos
    Administrativos de la Municipalidad;
  34. Proponer al concejo municipal espacios de
    concertación y participación vecinal;
  35. Las demás que le correspondan de acuerdo a
    ley.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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